lunes, 24 de octubre de 2011 - Sobre las multas para rebuscar basura del Ayuntamiento de Madrid
Una noticia, fechada el año 2009, esta corriendo por la red. Ahí se señala que se multará con 750 euros a las personas que recojan comida de los contenedores de los supermercado. Aquí aclaramos los detalles de la ordenanza.
Una noticia publicada en la web de la COPE el año 2009 ha acaparado la atención de las redes sociales los últimos días. En la noticia se señala que "El Ayuntamiento de Madrid aprobará mañana una ordenanza por la cual van a multar a todas las personas que roben comida en los cubos de basura. Multa que asciende a 750 euros y que los indigente se quejan. Dicen que sino pueden pagar los alimentos en los supermercados como van a poder pagar una multa de tal calibre" En la ordenanza en cuestión se señala en el artículo 14j como actividad prohibida "Manipular, rebuscar o extraer residuos depositados en recipientes instalados en la vía pública" y se sanciona como infracción leve, es decir, que se puede multar con un máximo de 750 euros, y contempla la posibilidad de cambiar la multa por servicios a la comunidad: "se podrá sustituir la sanción económica por trabajos en beneficio de la comunidad, la asistencia obligatoria a cursos de formación, a sesiones individualizadas o cualquier otra medida alternativa que tenga la finalidad de sensibilizar al infractor sobre cuáles son las normas de conducta en el espacio urbano o reparar el daño moral de las víctimas". La ordenanza existe y esta en vigencia, recoger desechos de contenedores estaría penado, aunque por la forma en que la noticia ha sido difundida genera mucha confusión al respecto de los detalles de la ordenanza. Mas información:Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y Gestión de Residuos |